19:48 Prórroga 6′ | Falla N’guessan para el Barça, su tiro directamente a fuera. El último acuerdo del Barça con Nike se cerró en 2018, cuando la junta directiva entonces encabezada por Josep Maria Bartomeu acordó con 10 una prórroga de 10 años, hasta el 2028 a cambio de 105 millones que, con variables, podían aumentar hasta los 155. En el acuerdo, además, se pactó una revisión en el 2023, situación que quiere aprovechar Adidas para lograr un movimiento histórico. Escasos minutos después, Ferran Torres volvía a hacer sonreír a Zidane10 para poner el 1-2. Sin embargo, la final aún tenía más sorpresas y JRA10 sacó su magia a relucir para marcar con Ronaldo, en el minuto 82, un auténtico golazo de jugón que forzó la prórroga levantado a todo el público de sus asientos. Cuba que no lo hacía desde la edición de Moscú 1980 y la de la Alemania reunificada fueron los regresos más reseñables. El tribunal europeo ha subrayado en la cuestión prejudicial que el acuerdo entre el asegurador y el asegurado no puede obligar al perjudicado a acudir al tribunal del lugar de domicilio de la aseguradora en lugar en que el que produjo el incidente por el que se reclama la indemnización, y rechaza así la solicitud de la aseguradora de declarar que España estaba obligada a presentar su recurso ante el Derecho Inglés.
España solicitó el reconocimiento de la resolución de la Audiencia Provincial de A Coruña por los órganos jurisdiccionales de Inglaterra y Gales, a lo que el Tribunal Superior de Justicia de Reino Unido accedió en mayo de 2019 y ante lo que London P&I Club presentó recurso de apelación, por el que ahora se plantea la cuestión prejudicial al Tribunal europeo. El equipo desapareció en 2007, por las deudas económicas del club asociado al Barça. Una de las figuras del equipo de Libertad charló en exclusiva con Doble Amarilla y analiza el título conseguido. Esta camiseta se estampa con la tipografía exclusiva Play. La multinacional estadounidense Nike ha presentado una camiseta de coleccionista para celebrar el vigésimo aniversario de su colaboración con el FC Barcelona. En este marco, se inició una disputa judicial entre la aseguradora del buque, London P&I Club y España, planteada en dos procesos diferentes en dos Estados miembros. En competiciones internacionales, participa en la Copa de Europa -actual Liga de Campeones-, en la cual ha disputado un total de treinta y una temporadas con ausencia en treinta y cinco ediciones; es, por tanto, el undécimo club con más presencias y el tercero en la clasificación histórica.
En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, la fiscal Pilar Martín ha considerado pertinente que se estime el recurso de casación que presentaron ambos dirigentes ante el Tribunal Supremo al concluir que no existe vulneración del derecho al honor. Tal y como relata el fiscal en su escrito, recogido por Europa Press, concurren en el acusado las circunstancias eximentes completas del artículo 20.1 y 20.2 del Código Penal, que recogen que están exentos de responsabilidad penal aquellos individuos que tengan cualquier anomalía psíquica o se hallen en estado de intoxicación por alcohol, drogas u otras sustancias. La fiscal, al argumentar su decisión, ha subrayado que –tal y como apunta la sentencia recurrida– «hubiera sido más ajustado a la realidad decir que ella afirmó haber sido violada». El su dictamen, el alto tribunal considera que el laudo arbitral dictado en 2013 en Reino Unido no puede impedir el reconocimiento de la sentencia dictada en España por la Audiencia Provincial de A Coruña, que obligaba a la aseguradora al desembolso de 855 millones de euros. En un paso más, el alto tribunal ha observado que «el procedimiento relativo a la acción civil en España y el procedimiento arbitral en Londres», no solo enfrentaban a las mismas partes, sino que además tenían el mismo objeto y la misma causa: la responsabilidad de London P&I Club frente al Estado español de acuerdo al contrato de seguro entre la aseguradora y los propietarios del Prestige, por los daños causados por el naufragio.
Anteriormente, el club no tenía entrenador. El 16 de enero de 2012, London P&I Club inició un procedimiento en el que solicitaba que se declarara que España estaba obligada a presentar su recurso ante el Derecho Inglés, dado que las demanda era contractual y respondía a las normas inglesas de conflicto de leyes, por lo que debía aplicarse al contrato el Derecho inglés. Alegaron que en la sentencia se realizó una «inadecuada» ponderación en el conflicto entre el derecho a recibir información veraz y el derecho a la memoria del difunto. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este lunes que la sentencia española prevalece sobre el arbitraje británico en el caso que enfrenta a España con la aseguradora de Prestige, London P&l Club, y, por lo tanto, estaría obligada a pagar la compensación por los daños de la marea negra. El TJUE ha apreciado que reconocer al laudo arbitral británico frente a la sentencia del tribunal español e impedir el reconocimiento de una resolución de otro Estado miembro sobre la responsabilidad de contrato de seguro, «privaría» al perjudicado de «la reparación efectiva del daño sufrido», camiseta barcelona 2023 y por lo tanto a España de la indemnización. Con carácter preliminar, el TJUE ha apuntado que el Reglamento comunitario excluye el arbitraje de su ámbito de aplicación y una sentencia dictada en los términos de un laudo arbitral «no puede gozar del reconocimiento mutuo entre los Estados miembros».
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